Adiós, Tigre Toño, Fue un Placer

A principios de año se aprobó en México una nueva ley que modificará la manera en la que se etiquetan alimentos y bebidas no alcohólicas, esto con el fin de que el consumidor tenga información clara y rápida sobre el producto que está comprando. A esta ley se le conoce como la NOM-051

Pero, ¿qué cambia?

Esencialmente, lo que exige la NOM-051 es mostrar rápidamente si un producto alimenticio cuenta con un exceso en alguna de las cinco categorías que la COFEPRIS consideró como importantes: Azúcares, Calorías, Grasas Saturadas, Grasas Trans y Sodio; en caso de que el producto se exceda en alguna de estas categorías, deberá mostrar un sello predeterminado y estándar en el que se le informe al consumidor. Además de los sellos, existen dos leyendas precautorias: la primera le concierne a productos con cafeína, y la segunda a aquellos que contienen endulcorantes, ambas recomiendan evitarse en niños. 

Los cambios serán grandes

Los alimentos y bebidas, principalmente aquellos dirigidos al mercado infantil, sufrirán cambios notorios en su empaquetado con la entrada vigor de la NOM-051. Aquí algunos de los principales.

  1. Declaraciones Nutrimentales: Esas que muchos productos utilizaban como un vehículo publicitario más, anunciando las vitaminas y minerales que contiene su producto, deberán limitarse a un tamaño proporcional al del empaquetado.
  2. Avales: Los productos que requieran sellos precautorios, no podrán presentar en su empaquetado avales de asaciones médicas, como lo hacen frecuentemente los cereales y postres infantiles.
  3. Elementos Persuasivos: En caso de requerir alguno de los sellos de exceso, los productos no podrán utilizar estrategias publicitarias atractivas para niños y niñas, como personajes o caricaturas. Así que llegó la hora de despedirnos del Tigre Toño y de Sam el Tucán.
  4. Tabla Nutrimental: Ahora, como consumidor podrás saber exactamente cuántas azúcares le fueron añadidas durante el proceso de fabricación. Además, el contenido nutrimental será reportado en porciones de 100 gramos o 100 mililitros, según sea el caso, para hacer más fácil de entender y comparar.
  5. Tamaño: No importará si el producto es grande o pequeño. Muchos productos empezaron a ofrecer versiones ‘mini’ para evitar las regulaciones, ya que proporcionalmente a sus tamaños, era imposible poner toda la información requerida. Sin embargo, la NOM-051 requerirá que estos productos presenten un sello octagonal con el número de categorías que rebasan los límites. 

Esta nueva ley entrará en vigor el 1º de octubre de este año y se implementará en tres fases que concluirán en 2025.

Cabe destacar que la NOM-051 ha sido aplaudida a nivel nacional e internacional por asociaciones, organizaciones y secretarías de salud; este sin duda es un paso al frente en el combate de la obesidad infantil tan prevalente en nuestro país.

¿Tú qué piensas sobre estas nuevas regulaciones? ¿Estás de acuerdo con la NOM-051?

  

CMA

 

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